¿En qué consiste la deducción autonómica por donativos para la protección del Patrimonio Histórico de la Región de Murcia?
Los residentes en la Región de Murcia pueden aplicar una deducción del 30% de las cantidades donadas a la Comunidad Autónoma, a las entidades institucionales dependientes de ella y a fundaciones que tengan como fines prioritarios la protección del Patrimonio Histórico de la Región de Murcia y que tengan reconocida administrativamente esa condición mediante resolución expresa de la Dirección General de Tributos de la Región de Murcia.
La base máxima de esta deducción es el resultado de restar, al 10% de la base liquidable, la base de las deducciones estatales por donativos.
La deducción es incompatible con la deducción por donativos a esas mismas fundaciones regulada en la normativa estatal del impuesto, pudiendo optar por la aplicación de una u otra.
Normativa
Artículo 1.Dos Ley 15/2002 , de 23 de diciembre, de la Región de Murcia